Frontis Notaría Humberto Quezada Moreno

Contactos: Escrituras Públicas

Felipe Bascuñán Lira

Abogado

Email: felipe@notariaquezada.cl

Asistente: Jaime Lopez Isquierdo

Email Asistente: jlopez@notariaquezada.cl

Loreto Zaldívar Grass.

Abogado / Notario suplente

Email: loreto@notariaquezada.cl

Asistente: Patricia Barrientos

Email Asistente: patriciab@notariaquezada.cl

Asistente: Tanya Ortiz

Email Asistente: tanya@notariaquezada.cl

Marcela Bianchi Beker

Jefe de registro

Email: mbianchi@notariaquezada.cl

Asistente: Sharon Nuñez

Email Asistente: snunez@notariaquezada.cl

José Miguel Correa Valenzuela

Jefe de registro

Email: jmcorrea@notariaquezada.cl

Asistente: Laura Alvarez

Email Asistente: laura@notariaquezada.cl

Erwin Ruedlinger Seguel

Jefe de registro

Email: jerwinr@notariaquezada.cl

Asistente: Laura Alvarez

Email Asistente: laura@notariaquezada.cl

¿Qué es una Escritura Pública?

Es un instrumento público con validez legal en todo el país, que registra y formaliza un acuerdo o transacción entre dos o más partes. Este documento debe ser redactado por un notario o un abogado, y es otorgado con las solemnidades que fija la ley, por el notario competente, quien posteriormente lo incorporará a su registro notarial (libro de protocolo).

Una escritura pública se utiliza para formalizar una variedad de acuerdos y transacciones legales, tales como compraventa de propiedades, constitución de hipotecas, otorgamiento de testamentos, contratos de arrendamiento, acuerdos de sociedad, entre otros. Por lo tanto, siempre deben ser otorgadas ante un notario público, y todos sus comparecientes deben firmarla de puño y letra, además de estampar la huella de su pulgar derecho al costado de su firma, conforme a la ley 21772.

¿Qué es una Protocolización?

Es la incorporación de un documento al registro notarial (libro de protocolo, y tomarse nota en el repertorio). Se puede protocolizar cualquier documento (certificados, contratos privados, declaraciones, etc.), no obstante, no pueden ser protocolizados aquellos documentos que consignen actos o contratos con causa u objeto ilícitos.

Su objetivo es dejar constancia de que un documento o instrumento privado existe, y de la fecha en que consta su existencia como documento. Por lo tanto, la fecha de un instrumento privado se contará desde su incorporación al libro de protocolo.

Tipos de Escrituras Públicas

Flujo de desarrollo de escritura publica

  • 1. Recepción del borrador en notaria designándose jefe de registro.
  • 2. Confección orden de trabajo.
  • 3. Revisión de borrador por tipista y jefe de registro indica documentos faltantes a cliente.
  • 4. Una vez revisado se deriva a matricería para su confección.
  • 5. Se informa al cliente día y hora de firmas a comparecientes en proyecto de escritura pública, se verifica la cedula de identidad en forma biométrica y se toma fotocopia cedula de identidad.
  • 6. Anotación en repertorio de escritura públicas y documentos protocolizados con la primera firma.
  • 7. Se concluye el proceso de tomas de firmas.
  • 8. Confección de documentos anexos varios.
  • a. UAF.
  • b. Formulario 24/24i
  • c. Formulario 2890
  • d. Artículo 75 (suscrito por el cliente).
  • e. Recepción de instrucciones.
  • 9. Se complementa la matriz con los documentos faltantes.
  • 10. Firma notario y o suplente.
  • 11. Otorgamiento copias manuales y o electrónica.
  • 12. Digitalización documento para repositorio.
  • 13. Guarda matriz en bóveda por un año y se envía al archivo judicial el protocolo.